“El Estatuto es constitucional, pero además de una ley orgánica es un pacto político. Y los pactos políticos no los pueden tumbar los tribunales”.
Francesc de Carreras:
De las palabras de Montilla se deduce que el Tribunal Constitucional no tiene legitimidad para declarar inconstitucional ningún precepto del Estatut. Motivo: el Estatut es un pacto político. Tal razonamiento no tiene fundamento alguno, ni jurídico ni democrático, si es que ambos pueden distinguirse. En efecto, el Estatut es una ley y, como toda ley, es el producto de pactos políticos y transacciones diversas. Pero que sea producto de pactos entre partidos no le quita su valor único de ley, sometida, como toda ley, a la Constitución, la norma suprema.
En nuestro sistema político, señor Montilla, usted lo sabe bien, las leyes que no se ajustan a la Constitución, si se interponen los oportunos recursos, pueden ser declaradas inconstitucionales por el tribunal competente que no es otro que el Tribunal Constitucional. Por ello, nuestra democracia es una democracia constitucional: aquella en la cual incluso el legislador -sea el que sea- está sometido a la Constitución, de la que es guardián último dicho tribunal. Por tanto, utilizando su expresivo tono coloquial, no cabe duda de que este tribunal puede “tumbar el Estatut”, es decir, algunos de sus preceptos, como puede “tumbar” también cualquier otra ley -cosa que hace, en efecto- que considere no adecuada a la Constitución. Es más, se trata de su estricta obligación, esta función es su razón de ser. Y lo puede hacer declarando nulo un precepto o interpretando restringidamente su significado.
Poner en duda tan elementales nociones es desbordar el campo de la democracia y del Estado de derecho, transmitir a la opinión pública una información errónea a sabiendas, que no es propia de quien desempeña un cargo público, más aún un cargo de tan alto significado como el de presidente de la Generalitat. En definitiva, no es hacer pedagogía, sino todo lo contrario.
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