La sentència conclou això:
FALLAMOS.- Que debemos condenar y condenamos a Rodolfo Ruiz Martínez (14.296) y a Javier Fernández Gómez (16.259) como autores responsables de un delito de detención ilegal, ya definido, sin concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, a cada uno, de 2 años de prisión, inhabilitación absoluta por tiempo de 8 años, a que indemnicen solidariamente a don Isidoro Barrios San José en 12.000 euros y a doña Antonia de la Cruz Bravo en igual cantidad, que serán satisfechas ambas a la Asociación de Víctimas del Terrorismo, y al pago de una sexta parte de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
Igualmente debemos condenar y condenamos a Rodolfo Ruiz Martínez (14.296), a Javier Fernández Gómez (16.259) y a José Luis González Salgueiro (19.101) como autores responsables de un delito de falsificación de documento público, ya definido, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena, a cada uno, de 3 años de prisión, multa de 6 meses, con una cuota diaria de 6 euros (1.080 euros total), inhabilitación especial para empleo o cargo público de 2 años y al pago de una sexta parte de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
Finalmente, debemos condenar y condenamos también a Rodolfo Ruiz Martínez como autor responsable de un delito de coacciones, ya definido, sin la concurrencias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de 6 meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros (1.080 euros total), y al pago de una sexta parte de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
Si los condenados no satisficieren, voluntariamente o por vía de apremio, las multas impuestas, quedarán sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Así, por esta nuestra sentencia, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
Ara calen responsabilitats polítiques.
ADDENDA.- Condemnen el secretari d’organització del PSC, José Zaragoza, per haver assegurat sense poder-ho demostrar que el president d’Endesa, Manuel Pizarro, finançava el PP i la Fundació FAES.
La titular del tribunal, Elena O'connor Oliveros, estima que estas afirmaciones afectan "de modo negativo" al prestigio de Pizarro, ya que dan a entender que su actitud ante la oferta pública de adquisición (OPA) de Gas Natural "se rige por opiniones políticas o sus amistades personales en lugar de hacerlo por criterios puramente económicos y empresariales en beneficio de los accionistas de la compañía".
La sentencia, contra la que cabe recurso, obliga al político catalán a publicar "a su costa" el contenido íntegro de la misma en los diarios 'El Mundo', 'El País', 'ABC', 'La Vanguardia', y 'El Periódico de Cataluña' "con la misma relevancia (ubicación en el periódico y tamaño de letra) con la que se publicó en dichos medios la noticia que incluía las manifestaciones".