Adéu a Nihil Obstat | Hola a The Catalan Analyst

Després de 13 anys d'escriure en aquest bloc pràcticament sense interrumpció, avui el dono per clausurat. Això no vol dir que m'hagi jubilat de la xarxa, sinó que he passat el relleu a un altra bloc que segueix la mateixa línia del Nihil Obstat. Es tracta del bloc The Catalan Analyst i del compte de Twitter del mateix nom: @CatalanAnalyst Us recomano que els seguiu.

Moltes gràcies a tots per haver-me seguit amb tanta fidelitat durant tots aquests anys.

dijous, 2 de setembre del 2010

El PSOE aconsegueix la immunitat penal per a partits i sindicats

Expansión:
El nuevo Código Penal, que entrará en vigor en diciembre, no aplicará la responsabilidad penal de las personas jurídicas a los partidos políticos y a los sindicatos como sí sucederá con las empresas, algo inexplicable para los abogados penalistas. El Partido Popular intentó cambiarlo sin éxito.

Una de las novedades más importantes que incluye la ley que ha reformado el Código Penal vigente desde 1995, y que entrará en vigor en diciembre, seis meses después de su publicación en el BOE, es que a partir de ahora las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en nombre o cuenta de las mismas por sus representantes legales o administradores.

El cambio es sustancial para millones de empresas que operan en España y que responderán de aquellos delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su provecho por las personas que tienen poder de dirección. Además, las empresas tienen la obligación de ejercer el debido control sobre sus empleados. De no ser así serán multadas, inhabilitadas o incluso disueltas.

Sin embargo la reforma incluye un apartado (art. 31 bis, punto 5) que libera de esta obligación al Estado, a las Administraciones Públicas territoriales e instituciones, a los Organismos Reguladores, a las Agencias y Entidades Públicas Empresariales y a los partidos políticos y sindicatos. Tampoco se les aplicará esta nueva disposición a las organizaciones que ejerzan potestades públicas de soberanía, administrativas o cuando se trate de Sociedades mercantiles estatales que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés general.